Notaría Ruíz
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SEGREGACIONES

La segregación es una de las modificaciones hipotecarias más frecuentes. Opera sobre una finca registral y consiste en sacar de ésta una porción de terreno para que constituya finca nueva e independiente. Tras la misma subsistirá la finca matriz - o finca originaria, con sus datos registrales iniciales, pero reducida su extensión superficial y modificada su descripción en el Registro de la Propiedad; junto a éstas resultan tantas nuevas fincas registrales como porciones segregadas, lógicamente con nuevos datos registrales.

La segregación no siempre es posible, pues la formación de nuevas fincas registrales tiene por límite una extensión superficial mínima que varia en función de la naturaleza del terreno sobre el que se opere y su localización.

Por eso es arriesgado comprometerse a vender una porción de terreno que forma parte de otra finca sin antes haberse informado sobre la viabilidad jurídica de la segregación; de lo contrario, se corre el riesgo de haberse celebrado el negocio de compraventa o unos tratos preliminares para la vista, haberse desembolsado parte de la contraprestación económica y acudir a la Notaría con un negocio mal enfocado e imposible de perfeccionar por no poderse practicar la segregación.

  • Licencia de segregación o declaración de innecesariedad.
  • Documentos de identidad de los titulares de la finca.
  • Títulos de la finca sobre la que se produce la segregación.
  • Descripción exacta de la nueva finca e identificación de los nuevos linderos.

La segregación esta sujeta al impuesto de actos jurídicos documentados.

En la Región de Murcia el tipo es el 1,5 % y la base será el valor de la nueva finca (porción segregada).

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